El fallo obliga a la ANDIS a devolver los haberes retenidos y podría convertirse en un antecedente clave en otras provincias.
El Juzgado Federal N° 2 de Catamarca resolvió una medida cautelar que obliga a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) a restituir, en un plazo de 24 horas, todas las pensiones por invalidez suspendidas en la provincia y a pagar los haberes adeudados a los beneficiarios.
El fallo fue firmado por el juez Guillermo Díaz Martínez, quien además prohibió la continuidad de auditorías basadas en la normativa cuestionada y dispuso que no se realicen nuevas bajas hasta que se dicte sentencia definitiva.
La acción de amparo fue presentada por la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores, ciudadanos particulares y el Defensor del Pueblo de Catamarca. Argumentaron que el decreto 843/24 es inconstitucional porque impone criterios más restrictivos, como la exigencia de una incapacidad total y permanente del 66%, dejando a miles de personas sin cobertura.
Los denunciantes sostuvieron que las auditorías fueron “irregulares y lesivas”: notificaciones defectuosas, centros de atención lejanos y plazos exiguos que dificultaron el derecho de defensa. Incluso hubo casos en que, pese a asistir, los beneficiarios no fueron atendidos por falta de personal.
El juez consideró acreditada la vulneración de derechos y el riesgo de daños irreparables. Aunque la medida rige solo en Catamarca, puede servir como precedente para otras provincias.