Estas son las enfermedades que pueden dar derecho a una pensión por incapacidad permanente

El acceso a este beneficio no depende solo del diagnóstico, sino de una evaluación integral realizada por el Tribunal Médico.

La pensión por incapacidad permanente es una prestación económica que otorga la Seguridad Social a las personas que, tras sufrir una enfermedad o un accidente, no logran recuperar su capacidad para trabajar, incluso después de recibir tratamiento.

Pero, ¿quién puede acceder y qué enfermedades se tienen en cuenta?

🚫 No todas las solicitudes son aprobadas

Obtener esta pensión no es sencillo. Según datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), más del 53% de las solicitudes son rechazadas. Especialistas aseguran que el porcentaje real de negativas podría ser aún mayor.

Una de las principales razones es que no existe una lista cerrada de enfermedades que den acceso automático a la pensión. En su lugar, cada caso es evaluado de forma individual por el Tribunal Médico, que analiza el grado de afectación funcional y el impacto sobre la actividad laboral del solicitante.


✅ ¿Quién puede solicitar la pensión por incapacidad?

Deben cumplirse ciertos requisitos:

  • Estar incluido en algún régimen de la Seguridad Social.
  • Haber cotizado un mínimo de años (según edad y tipo de incapacidad).
  • Padecer una enfermedad o lesión que limite o impida trabajar.
  • Pasar una evaluación médica por parte del Tribunal Médico.

Dependiendo del grado de afectación, se pueden reconocer distintos tipos de incapacidad: parcial, total, absoluta o gran invalidez.


🩺 Enfermedades más comunes que podrían dar lugar a una pensión por incapacidad

Aunque el INSS no publica un listado oficial, el estudio jurídico Campmany Abogados ha identificado 78 enfermedades frecuentes en solicitudes aprobadas, siendo estas 27 las más representativas:

  • Alzhéimer: posible pensión si hay deterioro cognitivo grave y dependencia.
  • Arterioesclerosis: se evalúa si hay claudicación intermitente que limite funciones.
  • Artritis reumatoide: el Tribunal analiza el grado de limitación funcional.
  • Artrosis: se requiere demostrar falta de mejora tras tratamientos.
  • Cáncer (incluyendo de pulmón): se valoran las secuelas funcionales tras el tratamiento.
  • Colitis ulcerosa: cuando es crónica y no mejora con medicamentos.
  • Demencia senil u otras formas: suele otorgarse en grado absoluto.
  • Enfisema pulmonar: especialmente con capacidad respiratoria por debajo del 60%.
  • Epilepsia: se consideran las crisis, secuelas y eficacia del tratamiento.
  • Esclerosis múltiple: a partir del nivel 4 puede ser reconocida como incapacidad absoluta.
  • Fibrilación auricular crónica: si no hay tratamientos más allá del control sintomático.
  • Glaucoma: si la agudeza visual binocular es inferior a 0,2.
  • Hernia cervical: si provoca vértigos severos y persistentes.
  • Hipertensión pulmonar: especialmente si no responde a medicación.
  • Hipoacusia severa: puede dar lugar a gran invalidez.
  • Insuficiencia mitral crónica: si no hay posibilidad de mejoría.
  • Insuficiencia renal crónica: depende de la fase y limitación laboral.
  • Lumbalgia crónica: si no hay mejora tras agotar los tratamientos.
  • Lupus eritematoso sistémico: si hay afectación orgánica severa.
  • Miastenia gravis: se analiza el impacto clínico y funcional.
  • Migrañas incapacitantes: si limitan severamente la actividad laboral.
  • Párkinson: dependiendo del grado de afectación funcional.
  • Trastornos en manos y muñecas: si dificultan gravemente tareas laborales.
  • Pérdida severa de visión: si la agudeza visual es igual o menor a 0,1.
  • Síndrome de Arnold Chiari: evaluado según síntomas y limitaciones.
  • Trasplante de riñón: si requiere intervención urgente o secuelas postoperatorias.

🧑‍⚕️ ¿Qué valora el Tribunal Médico?

La enfermedad por sí sola no garantiza la pensión. Lo que se evalúa es el impacto real que tiene en la capacidad para trabajar. Para ello, se considera:

  • Evolución de la enfermedad.
  • Tratamientos aplicados y sus resultados.
  • Afectación física, cognitiva o funcional.
  • Tipo de trabajo que realizaba el solicitante.

Si aún es posible realizar alguna actividad laboral o seguir con tratamiento efectivo, la pensión puede ser denegada.


📝 Recomendaciones para solicitarla

Acceder a la pensión por incapacidad no es un derecho automático. Por eso, los expertos recomiendan:

  • Asesorarse con abogados especializados.
  • Reunir todos los informes médicos y pruebas clínicas.
  • Demostrar el impacto funcional de la enfermedad en el ámbito laboral.

Este proceso requiere preparación, constancia y respaldo médico. La clave está en demostrar que la enfermedad limita de manera real y permanente la capacidad de trabajar.